lunes, 21 de mayo de 2012

Hipoteca para 2


En México se estima que 35% de los créditos hipotecarios vigentes son mancomunados porque, como reza el dicho, “la unión hace la fuerza”.


Y es una frase muy importante a la hora de solicitar un crédito hipotecario, pues tanto los bancos como el Infonavit y el Fovissste aceptan la posibilidad de mancomunar el ingreso de dos personas para que puedan incrementar su capacidad de endeudamiento.

No necesitas estar casado

Aunque la gran mayoría de los créditos mancomunados del mercado son conyugales, es decir, entre matrimonios legalmente constituidos —con un acta civil de por medio—, no todas las instituciones financieras limitan esta posibilidad a parejas de casados. Algunas entidades financieras permiten la unión de esfuerzos a parejas que viven en concubinato y a personas vinculadas por lazos familiares, como hermanos o padres e hijos.


“Algunos bancos aceptan lo mismo a esposos y concubinos que a parejas del mismo sexo. Unos piden actas de matrimonio, de sociedad de convivencia o exigen que quienes viven en concubinato tengan un hijo en común. Cada institución tiene sus propios criterios.

¿Quién pone qué?

En un crédito mancomunado, los bancos y Sofoles consideran tanto tus ingresos como los de tu pareja o familiar para determinar el monto que pueden prestarles; asimismo, los dos adquieren por igual los derechos y obligaciones que marca el contrato. Los requisitos son los mismos que para un crédito individual.


Si bien es un solo crédito, se evalúan a las dos personas bajo los mismos criterios: se revisa  su buró de crédito, se solicitan referencias personales y comerciales y demás documentos”.


Un punto importante que debes considerar es que si tú o tu pareja tienen un historial irregular o mal calificado en el buró de crédito, ello puede afectar el trámite a tal grado que su solicitud sea rechazada, sin importar que el crédito esté nada más a tu nombre.


Si el crédito se aprueba, ambos firmarán el contrato. Aunque el que aporte mayor ingreso a la combinación será reconocido como acreditado y el otro como coacreditado, su situación será exactamente la misma: tendrán las mismas responsabilidades y beneficios; estarán obligados a pagar el préstamo según lo convenido con la institución y, al liquidar, los dos serán dueños del inmueble.


Sin importar el ingreso que aportes a la combinación o al pago de las mensualidades, el contrato determina que, tras de la liquidación del préstamo, cada uno será propietario de 50 por ciento de la vivienda, bajo la figura de copropiedad. A menos que tú y tu pareja indiquen una instrucción diferente al inicio del proceso de acreditación.

Casado y asalariado

En el caso de Infonavit y el Fovissste hay varias opciones para créditos mancomunados y operan de manera distinta a como sucede en un banco o Sofol. Para empezar, sólo contemplan créditos conyugales, aunque cada uno tiene sus propias reglas.

Infonavit

Si cotizas para el Infonavit debes saber que sólo existe el crédito conyugal y puedes solicitarlo si tu matrimonio está legalmente constituido y tanto tú como tu pareja son derechohabientes de esa institución.


En este esquema la pareja tiene acceso a dos créditos; el que precalifique con el monto más alto obtiene el ciento por ciento, mientras que el otro recibe hasta 75 por ciento de su capacidad de crédito. Ambos préstamos se pagarán vía nómina y plantean los mismos requisitos que los créditos del Infonavit: que su relación laboral esté vigente, tener 116 puntos acumulados y estar al corriente con las aportaciones patronales.

Fovissste

Si tú y tu pareja son trabajadores del Estado y tienen su ahorro para la vivienda en el Fovissste, el crédito se llama Mancomunado y forma parte del esquema tradicional, así que deberán obtenerlo mediante sorteo. Ambos deberán cumplir los requisitos que comparten todos los créditos que otorga esta institución.


La convocatoria es anual y el instituto la lanza entre octubre y noviembre para que los ganadores del sorteo tramiten su crédito y lo ejerzan en el primer trimestre del siguiente año. El número de créditos mancomunados que Fovissste sortea al año es limitado y suele ser de entre 12 y 15 por ciento del total.

¿Cuándo es una buena idea?

Suena muy atractiva la posibilidad de acceder a un crédito más grande que el que puedes obtener nada más con tus ingresos y, por ende a una mejor vivienda, pero ¡alto! No corras al banco a solicitar un crédito mancomunado que quizá no necesites.


Primero delimita bien tus necesidades de vivienda, revisa tu cuenta bancaria para saber de cuánto dispones para el enganche y decide el monto que requieres que te presten para comprar una casa de esas características. Si tu ingreso basta para obtenerlo, olvida la idea de involucrar a otra persona.


“Mancomunar es bueno cuando no te alcanza el ingreso, pero si lo que ganas es suficiente para obtener el financiamiento que requieres, es mejor que lo hagas solo; así mantienes intacta la capacidad de endeudamiento de tu pareja por si más adelante requieren un crédito de otro tipo, quizá para comprar auto o para hacerle mejoras a esa misma casa”.


Una situación en la que es válido solicitar un crédito conyugal aun cuando el ingreso de uno de los miembros de la pareja sea suficiente para obtener uno individual, es cuando ambos quieren aprovechar el saldo de su Subcuenta de Vivienda. “En ese caso está justificado, porque es un beneficio que no debe dejarse a un lado”.


Además, si la pareja tiene un ingreso sobrado y decide aprovechar su derecho de crédito con el Infonavit o el Fovissste, es probable que el crédito en su conjunto (institutos y banco o Sofol) les resulte cómodo y fácil de pagar en un lapso corto.

¿Y si me divorcio?

Siempre está latente la posibilidad de que en algún momento del matrimonio sobrevenga un divorcio. Desde luego, en ese caso  el hecho de que haya un crédito hipotecario a medio pagar será un problema extra que tendrán que resolver, independientemente de si la hipoteca es conyugal o individual.


¿Por qué es igual? Porque aunque el crédito sea individual, la ley supone que una parte se ha pagado durante el matrimonio y que, de alguna manera, ambos han contribuido a que los pagos se hagan en tiempo y forma. Además, si tienen hijos, el juez verá por ellos y su derecho al bienestar en primera instancia.


La situación del crédito no cambia en nada con un divorcio: se mantienen los acuerdos del contrato, a menos que el juez emita una orden para cambiarlos y determine quién seguirá pagando y de quién será la propiedad cuando se liquide. Una vez que se emita el acuerdo legal, la ex pareja debe acudir a la institución financiera para hacerlo efectivo.


Independientemente de las implicaciones emocionales de un divorcio, se recomienda que todo acuerdo verbal de división de bienes adquiera el estatus de convenio legal. En él se debe señalar quién seguirá pagando la hipoteca y firmar la cesión de derechos que se haya convenido para determinar quién se quedará con la casa ya pagada.


Si el crédito conyugal está en una institución pública (Fovissste o Infonavit), el caso es similar. Se mantienen las condiciones del contrato inicial y se efectúan los descuentos patronales a ambos cónyuges hasta en tanto no se presenten a la institución con una orden del juez que indique algún cambio”.


En el momento en que se disuelva la sociedad matrimonial, las condiciones de pago del crédito quedarán sujetas al convenio de divorcio que se firme ante el juez, en el cual se asentarán los acuerdos que la pareja haya establecido previamente. En estos casos ni el Infonavit ni el Fovissste intervienen.


Los créditos mancomunados son una excelente alternativa para formar patrimonio; sin embargo, hay que tomar en cuenta las implicaciones de tener una deuda de largo plazo entre dos.


Recuerda que Dr. House te guía y te asesora, de forma imparcial, para la adquisición de tu vivienda y de la mejor hipoteca de acuerdo a tu perfil y necesidades. ¡Consúltanos!



Editorial Metroscubicos / Georgina Navarrete

No hay comentarios:

Publicar un comentario